Los intereses de demora o moratorios se cobran cuando se ha incurrido en el impago de una deuda de dinero. Puede ser el impago de un microcrédito o el retraso de una cuota mensual de un préstamo personal o hipoteca.
Como penalización por el impago, la entidad cobra un porcentaje adicional a la deuda y este incremento en la deuda es proporcional a los días de retraso o impago. Las entidades prestamistas están en su derecho legal de cobrar intereses moratorios, sin embargo, están obligadas a informar sobre este porcentaje en el contrato del préstamo. Te recomendamos leer a detalle el acuerdo de préstamo antes de firmarlo.
En España, la Ley 11/2020 de 30 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado establece el interés legal de dinero en 3% y el interés de demora en 3,75%. En el caso de impago de un préstamo calcularemos los intereses al 3%. Sin embargo, este porcentaje puede ser distinto dependiendo de la empresa que presta el dinero y de los términos estipulados en el contrato.
Para calcular los intereses de demora de un préstamo personal tenemos que multiplicar el total de nuestra deuda por el tiempo de retraso que ha pasado, los días de retraso deben dividirse entre 365; para finalizar, multiplicaremos el resultado anterior por el tipo de interés de demora.
Como ejemplo, si tenemos una deuda de 2.000 euros que venció hace 30 días con un tipo de interés legal del dinero del 3%, la fórmula que debemos aplicar será la siguiente:
Interés de demora = 2.000 x (30/365) x 0,03 = 4,93 €
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